La responsabilidad civil vista desde la técnica
Las reclamaciones de responsabilidad civil combinan siempre dos planos: el jurídico —que corresponde a los abogados— y el técnico: qué ocurrió, por qué, si el daño deriva realmente de la actuación reclamada y cuánto vale. Mi trabajo se centra en ese plano técnico, aportando a abogados, empresas y particulares una base sólida sobre la que construir su posición.
La combinación de experiencia en construcción y en seguros resulta aquí especialmente valiosa: la mayoría de reclamaciones de RC acaban tramitándose contra una póliza, y entender simultáneamente el daño, la responsabilidad y la cobertura permite anticipar cómo se desarrollará el asunto.
Responsabilidad civil en construcción
Es mi área de mayor especialización dentro de la RC. Intervengo, entre otros, en:
- Daños a colindantes: grietas, fisuras, asentamientos o filtraciones en edificios vecinos durante excavaciones, demoliciones o nueva construcción. La cuestión decisiva suele ser separar el estado previo del edificio de los daños realmente imputables a la obra.
- Daños durante la ejecución: a terceros, a instalaciones, a la vía pública o a otras partes de la propia edificación.
- RC post-trabajos: daños que se manifiestan una vez terminada y entregada la obra, donde debe analizarse si derivan de una ejecución defectuosa.
- Controversias entre agentes: delimitación técnica del origen del defecto entre proyecto, dirección, ejecución y materiales.
Otras modalidades de RC en las que intervengo
- RC explotación: daños causados a terceros en el desarrollo de la actividad de una empresa.
- RC profesional: análisis técnico de la actuación de técnicos y profesionales cuando se les reclama por errores u omisiones.
- RC patronal: accidentes laborales con reclamación del trabajador, donde el análisis de las condiciones técnicas y de seguridad resulta esencial.
- RC de productos: daños causados por productos defectuosos, incluida la reconstrucción del mecanismo de fallo.
Qué aporta mi informe
Un informe de responsabilidad civil útil debe responder con claridad a cuatro preguntas: qué ha ocurrido, por qué ha ocurrido, a qué actuación es técnicamente imputable y cuánto vale el daño. A partir de ahí, el abogado o la empresa disponen de una base objetiva para negociar, reclamar o defenderse — y, cuando el asunto llega a juicio, de un dictamen defendible en sede judicial.